La nueva ayuda para parados #empleo #Madrid

(citapreviainem.es) El Gobierno ha aprobado la nueva ayuda de 426 euros durante seis meses para los parados de larga duración con responsabilidades familiares.
Requisitos para solicitarla, según Real Decreto-ley 16/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo (ver normativa).

Rueda de prensa del Consejo de Ministros 19/12/2014 sobre esta ayuda.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la nueva ayuda?
La normativa completa, que recomendamos consultar, se detalla en el Real Decreto-ley 16/2014 (pdf), de 19 de diciembre, por el que se regula el Programa de Activación para el Empleo:
Podrán acceder al programa las personas desempleadas que en el momento de la solicitud reúnan los siguientes requisitos:
  1. Que el soliciante haya trabajado en algún momento de su vida laboral y que la última relación laboral no se haya extinguido por causa voluntaria ( es decir, que no haya una baja voluntaria)
  2. Que hayan agotado el programa el Plan Prepara, (o el antiguo PRODI), o la tercera Renta Activa de Inserción hace más de seis meses, y que no tengan derecho a ninguna prestación por desempleo, subsidio o Renta Activa de Inserción.
  3. Que tengan responsabilidades familiares (al menos un miembro; cónyuge o hijo menor de 26 a su cargo (+info) 
  4. Que tengan carencia de rentas.  Las rentas propias o la media de rentas de su unidad familiar no puede superar los 483,98 euros mensuales (+info)
  5. Que en la fecha de la solicitud no estén cobrando un salario social, renta mínima de inserción, o ayudas análogas de asistencia social concedidas por las Comunidades Autónomas y/o las Entidades Locales. La percepción de la ayuda de acompañamiento del Programa será incompatible con la percepción de cualquiera de estas ayudas.  Si las percibió en el pasado, deben haber transcurrido al menos 6 meses sin recibirlas.
  6. Que figurasen inscritos como demandantes de empleo (apuntados al paro) a 1 de diciembre de 2014 y que hayan permanecido inscritos ininterrumpidamente durante, al menos, 12 dentro de los 18 meses anteriores a la fecha de la solicitud. A los efectos de este último requisito, se exceptuarán aquellos casos en los que los días de baja en la demanda de empleo por haber encontrado un empleo alcancen menos de tres meses de duración.
  7. Los beneficiarios deberán suscribir en el momento de la solicitud de participación en el programa un compromiso de actividad en virtud del cual realizarán las acciones que determinen los Servicios Públicos de Empleo o las agencias de colocación que actúen en colaboración con aquéllos. Esto supone que antes de recibir la ayuda, deberán realizar acreditar que han realizado una búsqueda activa de empleo, no rechazar ofertas de empleo adecuadas y participar en las politicas activas de empleo..
  8. El incumplimiento del compromiso de actividad, en cualquiera de los requisitos mencionados, supondrá la baja en el programa y, con ello, en la percepción de la ayuda de acompañamiento.
¿En qué consiste esta ayuda?
  • Una ayuda económica de 426 euros mensuales (80 % del IPREM) durante6 meses como máximo.
  • Además de la ayuda económica, los Servicios Autonómicos de Empleo establecerán el Itinerario Personalizado de Inserción para intentar la inserción laboral del trabajador.
  • La duración de este programa se extenderá hasta el 15 de abril de 2016.
  • Los sindicatos estiman que se podrán beneficiar de la ayuda entre 400.00 y 450.000 desempleados. 
Las ayudas actuales son insuficientes
La aprobación de esta nueva ayuda es consecuencia de los compromisos que asumió el gobierno el pasado 29 de julio, el gobierno firmó un acuerdo con los sindicatos y la patronal denominado “Acuerdo de propuestas para la negociación tripartita para fortalecer el crecimiento económico y el empleo”  (descargar en pdf)
En este momento hay 740.500 hogares en España que no tienen ingresos. Más del 62,1% de los desempleados son de larga duración y si nos centramos en los mayores de más de 45 años, el porcentaje sube al 71%, con graves dificultades de inserción laboral.
Las ayudas actualmente existentes para parados de larga duración, como la Renta Activa de Inserción (+info) o el Plan Prepara (+info) se agotan en el tiempo y las Rentas de Inserción Autonómicas, que se gestionan desde los servicios sociales, están desbordadas y son claramente insuficientes.

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